Cobro de la cuota del curso cofrade 2020-2021
Cobro de cuotas domiciliadas
Los cofrades que tienen domiciliada la cuota de cofrade se le pasará al cobro la 2ª mitad de la cuota antes del próximo 7 de febrero de 2021 (15 para mayores de 10 años y 10 para los más pequeños) rogando que, si ha sufrido variación el número de cuenta corriente lo comuniquen por escrito al correo electrónico a hermandad@piedadyestrella.es o a través de los formularios de la página web domiciliación.
Se ruega que los cofrades que no tengan domiciliada la cuota, lo hagan rellenando el impreso de alta de domiciliación. Domiciliar la cuota beneficia al cofrade, puesto que el importe de la cuota se pasará en dos plazos (noviembre – febrero) para facilitar su pago y a la Hermandad, puesto que los gastos de la domiciliación son muy inferiores a los del cobrador y permite un cobro más ágil de la cuota de Cofrade.
Cobro de cuotas sin domiciliar
Los cofrades también pueden ingresar en el banco la cuota de cofrade antes del próximo 1 de marzo de 2021 (30€ para mayores de 10 años y 20€ para menores) en la cuenta que la Hermandad tiene abierta en Caja Rural de Jaén con número (ES88 3067 0100 21 1147406829), identificando con nombre y apellidos su ingreso.
A los cofrades que tienen NO tienen domiciliada la cuota de cofrade se pasará el cobrador por su domicilio en fechas próximas (30 para mayores de 10 años y 20 para los más pequeños) rogando que, si ha sufrido variación en el domicilio lo comuniquen por escrito al correo electrónico a hermandad@piedadyestrella.es .
Actualización de datos
Se recuerda que para mantenerte informado y poder ejercer tus derechos debes actualizar tus datos personales (Dirección, DNI, Telf. Móvil, Correo electrónico, cuenta bancaria) enviándolos por correo electrónico a hermandad@piedadyestrella.es o por escrito según el formulario de Actualizacion de Datos
Declaración de la Renta 2020
Los Hermanos que tengan sus datos al corriente en la base de datos de la Hermandad podrán observar en el borrador de la declaración de la Renta de 2019 la desgravación correspondiente a las cuotas del 2020, puesto que la Hermandad está acogida al Régimen Fiscal Especial de la Ley 49/2002, de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que posibilita que los cofrades puedan aplicarse en su declaración de la Renta la deducción prevista sobre las cuotas y donaciones aportadas a la Hermandad en cada ejercicio fiscal.
Para ello es necesario que en nuestra base de datos figuren los datos fiscales de cada hermano, que son remitidos en el modelo 182 a la Agencia Tributaria a finales de año.
Instamos a los hermanos a comprobar si dichos datos constan en nuestra base de datos poniéndose en contacto con la secretaría:hermandad@piedadyestrella.es o a través del siguiente formulario de Mecenazgo
Que beneficios tiene para los cofrades (por la cuota de cofrade y otras donaciones)
- Aportaciones hasta 150 €: un 75%
(Ejemplo: si somos 4 en la familia y no tenemos más aportaciones a otras entidades reconocidas, 30 * 4=120 € * 75% =90, es decir pagaríamos 120€ a la Hermandad y nos devolverían en la renta 90€ con lo que realmente nos cuesta 30€ pertenecer a la hermandad los 4 miembros) - Desde los 150 € en adelante: 30%
(Ejemplo: si aportamos a la cofradía 30€*4=120€ y a Caridad 150€, en total 270 €, de los primeros 150€*75% = 112.50€, del resto de las aportaciones en este caso 120€ * 30% =36€. Entonces inicialmente se paga 270€ pero nos devuelven en renta 148.50€, con lo que realmente hemos pagado 121.50€) - Si el donativo es recurrente durante más de 2 años por importe igual o superior realizado a la misma entidad: 35% (será el caso de la mayoría de los cofrades)
Para este año, ejercicio fiscal de 2020, el modelo 182 que se enviará a Hacienda irá con las cuotas que corresponden al curso 2019-2020, por valor de 30€ y 20€ según la edad.